viernes, 18 de diciembre de 2009

FORMAS DE ESTADO Y EDUCACION PUBLICA

INTRODUCCION
El derecho a la educación es un derecho universal, para toda sociedad que se defina como moderna. Cada estado que se considere parte de esta sociedad, debe en su constitución consignar la cautela de este derecho.
En chile el artículo nº 10 de la constitución cautela el derecho a la educación en lo siguientes términos:
“La educación tiene por objeto el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de su vida. Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos.
Corresponderá al Estado otorgar especial protección al ejercicio de este derecho. El Estado promoverá la educación parvularia.
La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado
Financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. En el caso de la educación media este sistema, en conformidad a la ley, se extenderá hasta cumplir los 21 años de edad.
Corresponderá al Estado, asimismo, fomentar el desarrollo de la educación en todos sus niveles; estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación”.
Para enfrentar este desafío los estados pueden adoptar diferentes formas, en este análisis nos enfocaremos solo en formas: Estado Unitario y Estado Federado, y tomaremos como referentes representativos al Estado Chileno como Unitario y al Estado Suizo como estado Federado, para establecer las comparaciones necesarias que nos llevaran a determinar cual de ellos cautela de mejor forma este derecho.
No se usaran ejemplos latinoamericanos de estados federados, pues sus experiencias y el poco tiempo dedicado a la investigación, no permiten obtener ideas claras de sus beneficios y aportes al tema educacional, particularmente en el tema de aplicabilidad más que en la intencionalidad.
Finalmente se descubrirá, que según los casos analizados el tema pasa por una madurez y congruencia en la de distribuir y administrar los recursos necesarios para cumplir con dicho acometido.

DEFINICIONES NECESARIAS

ESTADO UNITARIO, caso Chileno: Se define como aquel que no posee más que un solo centro de impulsión política y gubernamental., cuyo titular único es el Estado.
El poder estatal se ejerce sobre todo el grupo humano que habita el Estado, se dirige a una colectividad unificada.
La organización política abarca todo el territorio estatal y rige para todo ámbito sin entrar a considerar las diferencias locales o regionales que pudieren existir.
Este tipo de estado se caracteriza además por la centralización política, es decir la competencia legislativa esta reservada a los órganos centrales y si existe algún modo de descentralización solo es en el ámbito de ejecución y no decisión estatal.
Este tipo de estado se supone la forma más perfecta de realizar, porque el pueblo es organizado sobre un único territorio y bajo un solo poder.

ESTADO FEDERADO, caso suizo: Se define como aquel estado que reconoce varias fuentes originarias de poder político, en la cuál una corresponde al gobierno central y otras que son propias de los gobiernos regionales.
Esta estructura tiene el mérito de conciliar la pluridad con la unidad, de lograr la integración de unidades autónomas en una unidad superior.
Según lo investigado se puede decir que los estados que participan en esta forma, están conformados por grupos humanos que llevan siglos coexistiendo en un mismo lugar o región.
No existe un enfoque único de estado federal, pues su conformación responde a necesidades prácticas, ya sea económica, geográfica, cultural y políticas.
En esta forma de estado no existe el derecho de secesión ni de nulificación.
La participación de de los estado en el poder central es en algunos casos directamente proporcional.

COMPARACIONES NECESARIAS ENTRE LAS DOS FORMAS DE ESTADO, PARA LOS EFECTO DEL DERECHO A LA EDUCACION:


En el estado unitario las políticas educacionales son estandarizadas para todos los grupos humanos dentro del territorio nacional, lo que implica que las particularidades de cada una de las regiones, son consideradas como elementos secundarios al plan centralizado de educación y no son relevantes.
Los grupos humanos regionales no participan en su gestion pero si en su ejecución.
En este ámbito cualquier intento de particularizar la educación en una región se entiende como una tendencia innovadora y no es más que eso.

En el estado federado los liniamentos generales de la educación son determinados por la federación, pero la interpretación, gestion y aplicación de los planes educacionales, corresponde a cada uno de los estados participantes, respetando así la diversidad cultural de cada uno de ellos.

Se podría concluir que la diferencia sustancial entre estas dos formas de estado con respecto a la educación esta en el grado de gestion e independencia, otorgado a los grupos humanos para definir y aplicar los planes educacionales.

Sin embargo es necesario precisar que la viabilidad de una forma de estado sobre la otra, depende de factores ambientales, como por ejemplo la situación geográfica, (riquezas básicas), la madurez cultural de su población, (identidades profundamente arraigadas) y la importancia que el estado le ha asignado a este derecho fundamental.

JUSTIFICACION PERSONAL SOBRE LA EXISTENCIA DE LAS DOS FORMAS DE ESTADO CON RESPECTO AL DERECHO DE LA EDUCACION.

Chile es un estado unitario, según lo que consigna la constitución, por lo tanto los planes educaciones emanan de un órgano central y se ejecutan a través de distintas estructuras que el propio estado se ha dado, como por ejemplo el ministerio de educación, las secretarias de educación y las secretarias regionales de educación y las municipalidades como órgano autónomos de administración de ella.

Toda esta estructura tiene como objeto garantizar doce años de escolaridad gratuita y obligatoria para todos los niños, niñas y jóvenes de nuestro país; garantizar también la libertad de enseñanza, que entre otros cautela el derecho de los padres a escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos, bajo el supuesto que el programa educacional es único en cualquier punto del territorio nacional.

Si se considera las características económicas, geográficas y culturales de nuestro país, además del grado de importancia que el estado chileno le asigna a la educación dentro de su presupuesto nacional. Este sistema educacional es lo más adecuado, ya que debe distribuir recursos escasos en forma equitativa.

La diversidad geográfica, la distribución de las riquezas naturales, el estado de madurez cultural de chile hacen necesario dicha centralización como una forma de cautelar el acceso igualitario a este derecho, de otra forma sería una catástrofe pues muchas regiones son pobres y en el caso de una federación del estado chileno, los subsidios para esas regiones serian bastante elevados, comparados con otras regiones con economías locales más diversas.

Con respecto a la madurez cultural, se puede decir que en chile no existe una madurez de identidad responsable, que nos estimule a conservar y proyectar lo nuestro, es más se fomenta la transculturización a través de estereotipos televisivos incluso en canales estatales. Este acto consciente nos encasilla en la clasificación de país tercermundista.

Por otro lado, Federar el estado chileno, con el objeto de construir un modelo educacional que represente las características propias de cada región y que a su vez, cada región diseñe sus propios planes de estudios según los lineamientos generales de dicho estado, implica la necesidad de contar con un gran nivel cultural y con un gran capital humano para desarrollarlo, se requiere además contar con regiones sólidas y sanas, desde el punto de vista económico y en lo cultural identidades fuertemente arraigadas; estas condiciones no existen en nuestro país, y si existen algunos grupos étnicos, para las políticas estatales del


estado unitario no son relevantes, ¿Porqué?, por que estas minorías son eso minorías.
Un ejemplo claro de este proceso es el Estado Mexicano, donde algunas regiones como Chiapas, nos demuestran constantemente la fragilidad e inconsistencia de un modelo que no ha sido asumido por su grupo humano.

CONCLUSION SOBRE EL TEMA.

La forma que adopte un estado es una respuesta de un determinado grupo humano a condiciones ambientales.

Un estado unitario se acerca a la perfección cuando el grupo humano que lo valida carece de identidad cultural fuertemente arraigada, además no existen las condiciones geográficas para desarrollarse y las estructuras estatales son poco congruentes y consecuentes.

Los estados federados también responden a una necesidad ambiental, pero además cuentan con un gran arraigo de sus tradiciones, lo que les significa tener una potente identidad, lo que los hace muy particular. Es por esto que la autodeterminación es vital en este tipo de estado.

Los estados latinoamericanos tienen experiencias federadas pero por carecer de madurez cultural y tradiciones comunes profundamente arraigadas terminan en un gran fracaso o con resultados muy ambiguos.

La educación ideal según mi enfoque de análisis, es aquella que respeta, preserva y proyecta las tradiciones de los educandos y su diversidad, y que se construye sobre la base de la participación activa de todos sus actores, trasformando esta actividad como una tarea esencial del grupo humano, que compone ese estado.

2 comentarios:

  1. PROFESOR: CONSIDERO QUE , AUNQUE EL TEMA ES INTERESANTE, NO ES EL MÁS ADECUADO PARA UN FIN DE SEMANA .

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  2. Mmmm, según mi parecer, a pesar que considero que existe poco arraigo de identidad, creo que la forma unitaria no es la más efectiva, debido a que "si" es necesario ver las prioridades y realidades de cada región o sector particular.

    El echo de destacar que “están conformados por grupos humanos que llevan siglos”, claramente nos dejaría fuera como países latinoamericanos; pero aún así la alternativa de “organizar sobre un único territorio y bajo un solo poder” no me parece lo más efectivo.
    Nuestro país es extenso y mantener todo bajo una centralización no permite, quizás, ver otras alternativas.

    Además eso de “debe distribuir recursos escasos en forma equitativa” ha demostrado que no es lo más adecuado, pues la gratuidad va perdiendo calidad y en cambio, proliferan quienes deciden que sus hijos(as) estudien en colegios de tipo particular o aquellos que tienen una tradición demostrada.

    También destacar “bajo el supuesto que el programa educacional es único”, yo diría 'es un contenido mínimo único', y muchos particulares, sobre este mínimo levantan mejoras u otras materias que se consideran importantes, bajo algún criterio particular. Y eso a mi punto de vista da ciertos resultados, y se parece bastante a la definición de estado federado.

    Creo que podría buscarse una nueva forma, o tal vez generar una “mezcla” entre ambos tipos de estado.

    Eso…. :p

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